Las personas aisladas por haberse contagiado de coronavirus, los contactos estrechos y aquellas que tengan síntomas compatibles con la enfermedad quedarán exceptuadas de votar en las elecciones legislativas de este año y en las Primarias, según una disposición de la Cámara Nacional Electoral asentada en el artículo 11 de la acordada 83.
No obstante, la norma -emitida la semana pasada con el voto de Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía- estableció que los jueces electorales de los distintos distritos deberán garantizarle la posibilidad de ejercer sus voto a los ciudadanos que están comprendidos dentro de las justificaciones e igualmente pretendan participar de los comicios.
En el punto 11 de la norma la CNE dispone específicamente que en caso de que el ciudadano “exija” el ejercicio del derecho al voto, la Justicia deberá establecer el modo y un procedimiento adecuado que evite contagios y preserve la salud de las personas involucradas en el acto eleccionario.
En el caso de aquellas personas que estén exceptuadas de votar y decidan no hacerlo, deberán realizar un trámite para justificarlo en la página web de la Cámara Electoral. En ese portal, también estarán las causales específicas de justificación de no emisión del voto -comprendidas dentro de las previsiones del artículo 12 del Código Electoral Nacional-.