País.
Rige desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2018. El peso de res con hueso deberá ser inferior a 143 kilos, lo que equivale a 270 kilos cuando los animales están en pie.
A través de la Resolución 66/2018, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Agroindustria de la Nación oficializó la reducción del peso mínimo de faena para las hembras de categorías más jóvenes con el objetivo de facilitar las ventas en medio de la sequía.
La baja es de 300 a 270 kilos y rige desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2018, período en el que queda suspendida la normativa de 2007, que establecía “una escala de pesos mínimos para la comercialización con destino a faena o la faena comercial de animales bovinos de las categorías mamones y terneros (machos y hembras)”.
“Como es de público y notorio conocimiento, se produjeron déficits hídricos acentuados en las zonas de mayor producción ganadera de nuestro país, como ser en las provincias de Entre Ríos, Córdoba, La Pampa, centro y norte de la provincia de Santa Fe, y en la cuenca del Río Salado en la provincia de Buenos Aires”, destacó el texto de la norma, al tiempo que señaló que así sólo “se sancionará la faena comercial de animales bovinos de las categorías mamones y terneros (hembras) cuyo peso de res con hueso lograda sea inferior a 143 kilos“, lo que equivale a 270 kilos cuando los animales están en pie.
Cabe recordar que la iniciativa fue propuesta por el Ministerio de Agroindustria en la última reunión de la Mesa de las Carnes, que encabezó el presidente Mauricio Macri.
Fuente: Infocampo