No tendrán el “atraso” de otras tarifas, pero desde ahora los servicios estratégicos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) dejan de ser también esenciales.
En esos términos habían sido declarados durante los primeros tiempos de la pandemia por coronavirus en 2020 vía decreto presidencial.
Se modifica, a su vez, la Ley Argentina Digital N° 27.078, votada y sancionada en 2014.
Hoy otro DNU (el número 302 de este año) le sacó al Ente Nacional de las Comunicaciones (Enacom) la facultad de regular los precios. Concretamente, el gobierno nacional eliminó el articulado que remarcaba que “las tarifas de los servicios públicos esenciales y estratégicos de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia, las de los prestados en función del Servicio Universal y de aquellos que determine la Autoridad de Aplicación por razones de interés público, podrán ser reguladas por ésta”.
Claro está que el alcance de la norma nunca tuvo mucho eco real, ya que las empresas que prestan servicios de Internet, telefonía celular y televisión por cable aumentaron siempre por encima de las regulaciones permitidas.
Algún fallo judicial y la impunidad empresarial lo hicieron posible. Por eso los precios lucen “razonables” para las prestatarias de los servicios y los usuarios “pagan lo que vale”.
La norma publicada hoy en el Boletín Oficial reza que “resulta de suma urgencia”, en la visión de los gobernantes actuales, “liberar el mercado y obtener el libre desarrollo de tales servicios”.