El Gobierno de Córdoba dispuso un período de 180 días de transición para implementar la receta electrónica obligatoria.
La medida se tomó tras la reglamentación de la Ley Nacional de Receta Electrónica dispuesta a través del Decreto 345/2024.
La ley establece que la receta electrónica y/o digital es el único medio obligatorio para la prescripción de medicamentos, órdenes de estudios, prácticas y cualquier otra indicación que los profesionales de la salud consideren pertinentes para sus pacientes. La única excepción será en zonas de difícil acceso o sin conectividad.
La iniciativa nacional contempla un período de adecuación para el registro de estas plataformas de 180 días a partir de este martes 2 de junio. Es decir, a partir del 30 de diciembre ya no se podrán emitir ni comprar medicamentos con recetas de papel.
Durante estos 180 días, los profesionales que no dispongan de recetarios electrónicos podrán continuar con recetas en papel.
“En relación a las plataformas de recetas electrónicas que hoy están funcionado, se podrán continuar utilizando para emitir recetas mientras se avanza en la readecuación a los requisitos exigidos para la inscripción en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias –Renapdis-”, aclaró el Ministerio de Salud provincial.