El Gobierno Nacional formalizó hoy el incremento a partir del 1 de octubre del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias, equivalente desde ahora a $1.770.000, lo que implicará que 800 mil trabajadores formalizados dejen de pagar el tributo.
A través del decreto 473/2023, publicado hoy en el Boletín Oficial, quedó firme la medida anunciada días atrás por Sergio Massa. De esta manera, queda establecido que casi todos los trabajadores registrados del país, dejarán de pagar el tributo, ya que solo unos 90 mil asalariados de ingresos superiores a $1.770.000 deberán seguir tributando.
De acuerdo a las cifras oficiales, con esta última decisión, cerca de 800 mil trabajadores en todo el país dejarán de pagar Ganancias. De ese total, se estima que en la provincia de Córdoba, más de 60 mil asalariados se beneficiarán con el incremento del mínimo no imponible.
En los hechos implicará una suba indirecta promedio de los salarios del mes próximo, superior al 20 por ciento para ese universo de trabajadores registrados, que hasta ahora estaban alcanzados por el gravamen
De acuerdo a lo establecido, la normativa entrará en vigencia desde ahora, que se publicó en el Boletín Oficial y se tendrán en cuenta las remuneraciones y/o haberes desde el 1° de octubre.
“La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación para las remuneraciones y/o haberes que se devenguen a partir del 1° de octubre de 2023, inclusive, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1°, que surtirá efectos conforme a lo allí previsto”, establece el Decreto.
A través de su cuenta en X (antes Twitter), el ministro de Economía, Sergio Massa, subrayó que “desde el 1 de octubre ningún trabajador que gane hasta $ 1.770.000 pagará el impuesto a las Ganancias”.
“Necesitamos que sea Ley. Ojalá los diputados y diputadas cumplan con el compromiso de cuidar el salario de los trabajadores”, sostuvo Massa.
El decreto también indicó que el nuevo mínimo no imponible deberá ser considerado a los efectos del cálculo de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC).
Para ello, se encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a incrementar los importes de la escala progresiva, con efectos para el período comprendido desde la entrada en vigencia de este decreto y hasta los montos percibidos al 31 de diciembre de 2023.
En los considerandos se destacó que “continuando con la idea de que el impuesto recaiga, únicamente, sobre los mayores ingresos derivados del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia y en las jubilaciones y pensiones de privilegio, el Poder Ejecutivo envía al Congreso un proyecto de ley en el que esos mayores ingresos, -entendiendo como tales a los que superen el equivalente a quince SMVM mensuales -que en la actualidad equivalen a $ 1.770.000- sean los únicos que queden gravados, con un impuesto cedular cuya escala progresiva contará con alícuotas que oscilan entre el 27% y el 35%”.
También se subrayó “que, sin perjuicio de ello, se entiende oportuno que hasta tanto se apruebe el citado proyecto, se introduzcan adecuaciones en la Ley de Impuesto a las Ganancias, con la finalidad de garantizar que, de manera inmediata, ese gravamen alcance, solamente, a aquellos de mayores ingresos”.